Mini guía legal para todos.
Como actuar en caso de recibir amenazas, insultos o acoso a través de internet. Cómo puedo validar el contenido de mi página de Facebook, Tuenti, etc. Una forma de obtener prueba, certificación por terceros.
Si estamos siendo víctimas de acoso, insultos por internet a través
de las redes sociales, deberemos interponer una denuncia en comisaría,
cuartel de la guardia civil o juzgado de guardia más próximo a nuestro
domicilio. O a tráves de la pagina de la guardia civil de internet.
En la mayoría de los casos la victima suele realizar un “pantallazo” o “capturación de pantalla” e imprimir las hojas que después lleva a comisaría o juzgado de guardia. Pero esta opción crea serios problemas de prueba.
El Tribunal Supremo en sentencia 300/2015, ha establecido que la prueba de una comunicación entre dos personas, a través de cualquiera de los múltiples sistemas de mensajería instantánea debe ser abordada con cautelas. Argumenta que es posible la manipulación de los archivos digitales que contienen los mensajes. Y que es fácil además crear cuentas con una identidad fingida, y aparentar una comunicación en la que un único usuario se relaciona consigo mismo.
Si el denunciado negara la autenticidad de cualquiera de esas
conversaciones, cuando son aportadas a la causa mediante archivos de
impresión, deberá ser el denunciante (la victima) quien pruebe la
autenticidad del contenido de las conversaciones.
¿Cómo puedo validar entonces el contenido de mi página de Facebook, Tuenti, etc?
Podemos solicitar ya en sede judicial, un informe pericial, para
certificar el contenido, si fueran impugnadas. De esta forma se
identifica el verdadero origen de esa comunicación, la identidad de los
interlocutores y la integridad de su contenido.
Pero una vez que se interpone la denuncia, en muchas ocasiones estas comunicaciones han sido borradas. Lo que dificulta la verificación en el juzgado del contenido de las amenazas, calumnias o acoso recibido.¿Qué podemos hacer entonces? Una posibilidad es que a través de un tercero independiente, y antes de interponer la denuncia se nos certifique el contenido que está, en ese momento en pantalla.
Existen en el mercado empresas que por precios muy razonables que rondan entre los 20 y 30 euros nos pueden certificar: la url a la que accedemos, el contenido realizando una captura de pantalla incluyendo, los enlaces existentes en la página, la fecha y hora a la cual se accede a la página, y certificando que se hace desde unos servidores no manipulables por el interesado, siendo una prueba válida en el proceso.
Consulta aquí para más información sobre una de estas empresas.
En el caso de las conversaciones emitidas a través de WhatsApp únicamente puede certificarse a través de una pericial, para el supuesto de que las transcripciones de los mensajes realizados por el secretario judicial sean impugnadas por la parte denunciada.
D.ª Blanca Eulogio Blázquez.
Abogada.
www.eb-abogados.com
Twitter @eb_abogados
Telf. 968 97 29 87 citas.
Móvil 653995086
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Los Dolores Cartagena
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