El TS cuerda que el
pago del impuesto por la constitución de las hipotecas IAJD, corresponde al
prestatario.
El Tribunal Supremo ha emitido el pasado día 28 de febrero, una nota de prensa en la que comunica que falla a favor de los bancos. Aunque la sentencia aún no ha
sido publicada.
Los magistrados en relación al pago del Impuesto
de Transmisiones Patrimoniales y
Actos Jurídicos Documentados han acordado que dicho pago incumbe
al prestatario, de acuerdo a la jurisprudencia constante de la Sala III del
propio Supremo.
Y por el timbre de los documentos
notariales, el impuesto correspondiente a la matriz se abonará por partes
iguales entre prestamista y prestatario, y el correspondiente a las copias, por
quien las solicite.
D.ª Blanca Eulogio Blázquez.
Abogada.
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